La justicia rechazó el planteo de un empresario que buscaba no pagar el aporte solidario

La Justicia consideró que el Aporte Solidario es un tributo en sentido amplio que afecta solamente el 3% del capital patrimonial del sujeto y no debe estimarse, como pretendía el empresario, sobre sus rentas. El impuesto es transitorio y la obligación se cumple mediante un único pago.

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